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Hola de nuevo, sólo puedes realizar alegaciones cuando se modifique el planeamiento urbanístico del municipio, que es mínimo cada 8 años. Las alegaciones tendríais que hacerlas todas las propiedades afectadas y solicitar que se declare suelo urbano, en base a los 70 años de las edificaciones y a los usos residenciales y no residenciales (comerciales o almacenes). Si os faltan calles, aceras, alumbrado público y alacantarillado teneís que plantear una urbanización por vuestra cuenta. Y finalmente, a lo mejor tendríais que realizar cesiones de terrenos para espacios públicos, para equipamientos y para que edifique el propio ayuntamiento. Las zonas verdes fuera del periodo de modificación del planeamiento urbanístico, sólo las puede desclasificar el consejo de estado de españa.
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